El gran reto del Derecho frente a la Inteligencia Artificial


El Derecho a través de las normas y reglas como medio de organización social ha sido parte de la humanidad desde las primeras civilizaciones; su materialización ha sufrido innumerables cambios conforme las sociedades avanzan. Desde el código de Hammurabi en la antigua Mesopotamia, hasta los complejos Tratados Internacionales que versan sobre temas como Derechos Humanos, Comercio, Aeronáutica y Espacio, entre muchos otros, el Derecho se ha transformado según las exigencias de la colectividad.

En nuestros tiempos tal y como si se tratara de Ciencia Ficción, en países de primer mundo y con gran desarrollo tecnológico ya se discute sobre la personalidad jurídica que legalmente se le debería reconocer a los elementos producto de la Inteligencia Artificial (IA), con el objeto principalmente de regular su desarrollo, limitar sus capacidades de actuar y establecer responsabilidades sobre sus acciones. 

La IA es la combinación de algoritmos planteados con el propósito de crear máquinas que presenten capacidades similares a las del ser humano. Sus funciones y usos en la actualidad son diversas, muchos de los teléfonos inteligentes que diariamente utilizamos, sistemas de asistencia virtual y aplicaciones poseen ya este tipo de tecnología  que resulta ser parte de nuestra cotidianeidad.

Distintos juristas, políticos y tecnólogos alrededor del mundo han propiciado discutir sobre la necesidad de otorgar la condición de persona jurídica al resultado del desarrollo técnico – científico especializado, es decir a todos aquellos productos que contengan IA. Así por ejemplo, la eurodiputada Mady Delvaux ha propuesto: “El reconocimiento de una personalidad jurídica específica para los robots, de modo que los más autónomos puedan ser considerados personas electrónicas con derechos y obligaciones específicas, incluida la obligación de reparar los daños que puedan causar”.
 
El acelerado avance que se muestra en el campo de la robótica producto de la IA, así como los supuestos e implicaciones que con este derivan, obliga a los sistemas legales a crear normativa que prevea las consecuencias de su uso e impida que se puedan aplicar estas tecnologías sin regulaciones. Los principales retos consisten en enmarcar los estándares éticos para su implementación, así como las responsabilidades que sobre sus desarrolladores y sobre el producto en sí recaerán en caso de prácticas inadecuadas de dichas tecnologías. 

Resulta oportuno desarrollar algunos de los puntos principales sobre las cuales versa el debate. La primera puede enmarcarse en el ámbito filosófico; las regulaciones éticas que delimiten las capacidades de acción de los desarrolladores tratan sobre la relación de este tipo de tecnologías con los humanos, o bien valga decir sus creadores. En principio se busca que las personas quienes tienen a cargo la implementación de este conjunto de técnicas lo hagan con fines que sean de provecho para la humanidad y no se conviertan en herramientas que en contraposición a esta intención, causen detrimento a nuestra especie y tengan implicaciones negativas. Básicamente busca como lo sugiere The Public Voice en las directrices universales sobre IA: “Maximizar los beneficios de la IA, minimizar los riesgos y asegurar la protección de los derechos humanos”, a través de principios tales como: la necesidad de ubicar a las personas detrás de la IA,  la responsabilidad, la transparencia y la ciberseguridad.

En otro sentido se busca establecer claramente las obligaciones y responsabilidades de quienes implementan estas tecnologías, y aunque pueda parecer muy futurista, las de los productos tecnológicos como tal; es decir esta normativa no se limitaría únicamente a los tecnólogos o desarrolladores (humanos), sino que además alcanzaría a los elementos tecnológicos resultantes (softwares, robots, androides, procesadores, etc).

Empresarios y científicos como Elon Musk y Stephen Hawking han manifestado su escepticismo con respecto al desarrollo de la IA y sus implicaciones para el ser humano, por ejemplo, Hawking señalaba: "La creación exitosa de una IA efectiva podría ser el evento más grande en la historia de nuestra civilización. O el peor. Simplemente no lo sabemos. Por lo tanto, no podemos saber si seremos infinitamente asistidos por la IA, o si seremos ignorados y marginados, o posiblemente destruidos por ella".

La cautela sobre el tema radica en la alta probabilidad que para muchos existe de que la IA logre sobrepasar la capacidad intelectual humana de tal manera que pierda el humano la potestad de controlar sus propias creaciones compuestas por estas tecnologías, lo que supondría un evento altamente funesto en el que podría incluso verse sometido a la IA y se cree puede evitarse con la regularización de la actividad.

Los escenarios antes expuestos resultan de mucho interés para los estados y sus sistemas, es un gran reto para el Derecho una vez más adaptarse a la evolución de la sociedad y sus tecnologías. Resulta necesario que desde su ejercicio se logre una regulación lo suficientemente robusta para prever cualquier situación que ponga en riesgo a la humanidad frente a la IA y sus desarrolladores, que exija actuaciones éticas y responsables en su implementación y que determine cuáles serán las responsabilidades a las que se someterán quienes aprovechando estos avances los pretendan utilizar como medios de desestabilización de los sistemas legalmente constituidos. 



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